- “Esperamos nosotros que a partir de lo que ustedes planteen aquí, nosotros podamos presentar una serie de alternativas de modificación puntual a la iniciativa”, dijo el coordinador Clemente Castañeda.
Con la finalidad de corregir la iniciativa presidencial que pone en riesgo la figura del amparo, el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano realizó este lunes un parlamento abierto en el Senado de la República para escuchar las propuestas y observaciones de 25 especialistas y personalidades destacadas en el ámbito jurídico.
El senador Clemente Castañeda, coordinador de la Bancada Naranja, sostuvo que cualquier modificación legislativa de gran alcance debe contar con la opinión y el análisis detallado de quienes en el ejercicio de sus derechos recurren a una figura tan importante como lo es el amparo.
“Lejos de respaldar nosotros una reforma que pretende discutirse y aprobarse en fast track, hemos hecho un esfuerzo para tratar de ponerle una pausa a esta discusión para apelar a la reflexión y eventualmente a un ejercicio de deliberación”, expuso el senador por Jalisco.
“Esperamos nosotros que a partir de lo que ustedes planteen aquí, nosotros podamos presentar una serie de alternativas de modificación puntual a la iniciativa”.
La vicecoordinadora Alejandra Barrales dijo que es una tarea obligada del Senado escuchar todas las opiniones, tanto a favor como en contra, respecto a esta iniciativa.
“En cuanto se empieza a dar a conocer esta iniciativa, también empezamos a escuchar diferentes voces que inician señalando, advirtiendo qué riesgos ven detrás de esta iniciativa, dónde se disparan las alertas, algunas de ellas advierten que se pone en riesgo la figura jurídica, una de las figuras jurídicas más importantes con las que contamos los mexicanos, reconocida incluso a nivel internacional”, comentó.
La legisladora explicó que como integrante de la Comisión de Justicia del Senado se encargará de llevar a este órgano legislativo las propuestas presentadas en este parlamento abierto.
La senadora Amalia García dijo que el Senado de la República es el espacio de representación del país, de reflexión, diálogo y búsqueda de acuerdos, por lo que las y los legisladores están obligados a contribuir con un México mejor y con calidad en cada iniciativa.
El diputado Juan Zavala subrayó que los problemas de acceso a la justicia no fueron atendidos con la reforma al Poder Judicial del año pasado, ni están siendo atendidos con la propuesta actual.
Agregó que esta iniciativa interrumpe toda la doctrina jurisprudencial constitucional progresista y habilita al Tribunal de Disciplina Judicial para corregir a los jueces y magistrados que apliquen jurisprudencia anterior. También, señaló, se estaría habilitando a la Suprema Corte para separarse de todos los precedentes de la Corte anterior.
En el primer bloque de participaciones, María Emilia Molina, ex magistrada y maestra en Derechos Humanos y Democracia, dijo que el juicio de amparo ha sido históricamente el dique que protege a las personas frente a los abusos de poder, por lo que limitarlo representaría un retroceso que favorece al poder y deja indefensas a las comunidades.
Recordó que la reforma constitucional de 2011, también llamada reforma de derechos humanos, amplió el concepto de interés legítimo, permitiendo que no solamente quienes sufren un daño directo, sino también quienes se enfrentan a un riesgo real puedan acudir al Poder Judicial de la Federación.
“Gracias a esta ampliación, comunidades, organizaciones civiles y personas defensoras de derechos humanos han podido detener actos que lesionan derechos colectivos como el medio ambiente, la salud pública, el patrimonio cultural y el acceso al agua, por decir algunos. Limitar ahora el amparo sólo a quienes demuestren un interés directo sería un retroceso de más de una década, debilitando el control de constitucionalidad y de convencionalidad y la protección de bienes colectivos”, expresó.
El Dr. Ernesto Villanueva, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, planteó la necesidad de aprobar el amparo para efectos, pues consideró que éste prolonga el litigio, contradice el artículo primero y el artículo 17 constitucional y beneficia a quienes tienen más recursos.
“Abrogarlo es esencial para regenerar el tejido que sostiene al amparo, devolverle su carácter de protección real de los derechos fundamentales y corregir un sesgo que premia al poderoso y castiga al débil. La justicia diferida, repetida y costosa es en la práctica una justicia negada”, opinó.
Andrés Aguinaco Gómez, presidente de la Comisión de Justicia y Amparo de la Barra de Abogados, señaló que la iniciativa presidencial elimina algunas estrategias dilatorias y prácticas que entorpecen el juicio, pero también tiene áreas de mucha preocupación pues se van a generar numerosos obstáculos a la procedencia del juicio y para la reparación integral a las violaciones de derechos humanos.
“En el día a día las personas justiciables van a estar peor paradas frente a los abusos del poder”, señaló.
El abogado penal Ángel Herrera advirtió que eliminar la suspensión en el juicio de amparo dejará en estado de indefensión a toda la ciudadanía. Ejemplificó que en caso de que una autoridad como la UIF decida bloquear las cuentas de un usuario por una mera sospecha y sin acudir un juez, éste permanecerá congelado del sistema bancario mexicano sin posibilidad de defenderse.
José Ángel Santiago Abrego, presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, consideró que de aprobarse la iniciativa tal como está será más difícil obtener una suspensión pues se estará regresando a precedentes previos a la reforma del 2011.
Victoria Beltrán, consultora legal en Greenpeace México, planteó discutir ampliamente la definición de interés legítimo, pero pidió tomarlo con mucha responsabilidad para evitar que sea contaminado.
“Hay figuras jurídicas que son sólidas con bordes claramente delimitados, hay otras cuyos bordes son sutiles, hay otras que pueden fluir y todas en su lugar pueden cumplir una función. Hay algunas que son como el agua; el interés legítimo es así y ese poder fluir no lo hace ni mercenario ni advenedizo. Ahora bien, estancarlo, alterar sus componentes, es algo que se tiene que tomar con mucha responsabilidad, no vaya a ser que por purificarlo tanto se le contamine, se le envenene y termine por ser agua muerta”, comentó.
Luis Eduardo Knapp Moreno, coordinador del Programa de Ecosistema Informativo de Artículo 19, dijo que lo planteado en la iniciativa presidencial afectará la labor diaria de defensa de derechos humanos desde la sociedad civil. Añadió que de aprobarse, el Estado mexicano estaría violando obligaciones internacionales.
“Parece que la propuesta presidencial olvida el contexto y se abstrae de la realidad. El contexto en México es que existen todos los días violaciones a derechos humanos, violaciones graves, desapariciones, asesinatos. Es el contexto en el que nos enfrentamos todos los días y desde ahí partimos”, dijo.
“El juicio de amparo es una herramienta fundamental para personas defensoras, para organizaciones, para grupos, colectivas. Desde esta herramienta se han logrado avances en temas de matrimonio igualitario, de personas migrantes, de medio ambiente, de personas y comunidades indígenas. En el caso específico de Artículo 19, conforme a nuestro mandato, en derechos a la libertad de expresión e información también hemos logrado avances”.
Jorge de Jesus Sepúlveda, abogado especialista en litigio civil y mercantil, consideró que a raíz de la reforma al Poder Judicial el país tiene un sistema de justicia en extremo débil porque los jueces que asumieron no conocen la ley. Por ello señaló que el país requiere jueces fuertes y una legislación fuerte como el amparo para proteger al gobernado de los actos abusivos de la autoridad.
Guillermo Torres, coordinador de Justicia Transnacional Prodesc, advirtió que la sustitución del interés por la figura de lesión jurídica tendrá muchas implicaciones que afectarán el acceso a la justicia de las comunidades.
“Esto, desde luego, limitará ostensiblemente no sólo el acceso del juicio de amparo a organizaciones como Prodesc, Greenpeace, Artículo 19, sino sobre todo y fundamentalmente a comunidades agrarias, indígenas o colectivos de trabajadores que al no ser parte de estos procesos administrativos no podrán tener acceso a un juicio de amparo. Pero no solo eso, la figura fundamental y por la que muchas veces se recurre al juicio de amparo, que es la suspensión, tampoco podrá ser admitida en este tipo de procedimientos”, dijo.
Ivette Galván García, coordinadora del área de defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), dijo que la figura de interés legítimo es la única forma que garantiza la defensa de los derechos colectivos frente a las afectaciones indirectas, pero reales, por lo que de aprobarse una restricción de su alcance se limitará el acceso a la justicia de comunidades, colectivos y grupos en situación de vulnerabilidad.
En el segundo bloque de intervenciones, el Dr. Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, opinó que esta iniciativa es parte de un proyecto que busca dejar a las personas con recursos judiciales cada vez menos efectivos para defenderse. Por ello, se pronunció en contra del cambio en la figura de interés legítimo y en materia de suspensión.
José Barrios Moreno, abogado consultor en materia administrativa y mercantil, señaló que si lo que se se busca es tener el juicio de amparo como el único medio de defensa en materia fiscal éste debería ser fortalecido y evitar dotarlo de los mismos vicios de mecanismos de defensa ordinarios.
Alex Alí Méndez Díaz, abogado especialista en litigio estratégico, dijo que el juicio de amparo es el único mecanismo disponible para la defensa de los derechos de la comunidad LGBT ante los escenarios donde los consensos políticos son difíciles para esta población y los derechos reproductivos. De igual manera, consideró que esta reforma debe abordar el tema de la reparación a quienes sufrieron violaciones de sus derechos humanos.
Luisa Conesa Labastida, abogada litigante y maestra en la Escuela Libre de Derecho, manifestó su rechazo a la reforma respecto a la ejecución de sentencias porque plantea que sea el Estado y no los servidores públicos quienes paguen las multas por su incumplimiento, además porque busca que un juez pueda analizar si la autoridad tiene las competencias para cumplir, a pesar de que esto ya fue el objeto del juicio.
Luis Felipe Nava, miembro del Sistema Nacional de Investigadores y profesor de la Academia de Derecho Constitucional de la Universidad Iberoamericana, indicó que la iniciativa limita el juicio de amparo como recurso efectivo de derechos fundamentales, limita el acceso a la justicia e imposibilita la construcción de democracia constitucional por parte del ciudadano.
Andrea Rovira, vicepresidenta de Ilustre Nacional Colegio de Abogados de México, estimó que cualquier reforma en materia de amparo debe hacerse con bisturí y no con machete, pues se trata de una figura que protege a los mexicanos frente al Estado.
“Quiero hablar de dos focos rojos: la nueva fracción 14 al artículo 129, que prácticamente invalida las suspensiones contra la lista de personas bloqueadas de la UIF y la acotación a los efectos de la suspensión que tratan de establecerse para órdenes órdenes de aprehensión, órdenes de reaprehensión y medidas cautelares privativas de libertad”, detalló.
“En estos dos casos, el gobierno pretende cambiar las reglas del juego justo en los terrenos donde la ciudadanía le ha venido ganando una y otra vez”.
Diego Manzano Barragán, maestro en Derecho Administrativo, dijo que esta iniciativa perjudicará a grupos vulnerables, comunidades indígenas, minorías y al medio ambiente al restringir el interés legítimo. Asimismo, comentó que no es adecuado que se niegue automáticamente una suspensión cuando se trata de un tema de interés público, pues el juez debería tener la libertad de resolver a través de un análisis ponderado si la suspensión se otorga o no.
Carmen Quijano Decanini, consejera de la Barra Mexicana de Abogados, expuso que lo más adecuado es que la suspensión opere en todos los casos a criterio del juzgador para garantizar que el amparo cumpla su misión de proteger efectivamente los derechos humanos.
Luisa Fernanda Tello Moreno, coordinadora de documentación y litigio de casos de GIRE, consideró que acortar a 60 días para dictar sentencias es insuficiente. Pidió que esta iniciativa esté basada en la realidad y tome en cuenta que el Poder Judicial tiene un 50% de titulares nuevos, por lo que no es realista establecer ese tiempo.
Humberto Guerrero, coordinador del Programa de Derechos Humanos de FUNDAR, consideró que esta iniciativa está planteada como si el Estado fuera víctima de un grupo de personas que reiterada y sistemáticamente abusan del juicio de amparo y sus distintas herramientas para beneficiarse, lo cual está alejado de la realidad. Añadió que un sistema constitucional de derechos tendría que decantarse por un sistema que continúe privilegiando la protección de los derechos, pero esta reforma no parte de esa premisa.
Úrsula Garzón, coordinadora de litigio en el CEMDA, dijo que una reforma al juicio de amparo debe ser progresiva y buscar ser eficaz para garantizar el acceso a la justicia y favorezca la protección más amplia de las personas a las comunidades y a los colectivos. Además comentó que no se debe restringir el actuar de las personas juzgadoras, que debe de tener la capacidad de juzgar y de decidir caso por caso.
Christopher Dillon, de Galicia Abogados, consideró que la reforma también debe fortalecer la justicia local, que es de donde suelen producirse muchas omisiones o errores, así como evitar poner en la ley buenos deseos que en la práctica es difícil llevar a cabo.
Arturo Guerrero Zazueta, de la Escuela Libre de Derecho, dijo que le parece indignante que la iniciativa priorice temas como el bloqueo de cuenta cuando existen otros más apremiante como la simplificación de la tramitación de amparos, la promoción oral del juicio de amparo, eliminar causales de improcedencia, espacios para la intermediación, y el rediseño de los juzgados y tribunales, entre otros.